Robo agravado: El que sea estudiante de Derecho no amerita reducción de la pena, por el contrario tiene mayor conciencia de su proceder

La Corte Suprema mediante el Recurso de Nulidad N.° 994-2021-Lima ha precisado que, el hecho de que el agente sea estudiante de Derecho no es un factor que amerite reducción en la pena; por el contrario, evidencia la mayor peligrosidad de su conducta, puesto que tiene mayor conciencia sobre su responsabilidad al incurrir en conductas delictuosas.

ROBO AGRAVADO: EL QUE SEA ESTUDIANTE DE DERECHO NO AMERITA REDUCCIÓN DE LA PENA, POR EL CONTRARIO TIENE MAYOR CONCIENCIA DE SU PROCEDER

La Corte Suprema mediante el Recurso de Nulidad N.° 994-2021-Lima ha precisado que, el hecho de que el agente sea estudiante de Derecho no es un factor que amerite reducción en la pena; por el contrario, evidencia la mayor peligrosidad de su conducta, puesto que tiene mayor conciencia sobre su responsabilidad al incurrir en conductas delictuosas.

La Sala Penal Permanente ha señalado que, el sentenciado expresó como agravios que es reo primario, padre de familia y tiene dos hijos a los cuales mantener; además es estudiante universitario de Derecho y Ciencias Políticas, solo le faltan dos años para terminar su carrera y no se dedica a actividades ilícitas, por lo que invoca el principio de humanidad y equidad para la reducción de la pena. Asimismo, presentó constancia de matrícula de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, correspondiente a marzo del dos mil diecinueve; sin embargo, el que sea estudiante de Derecho otorga mayor peligrosidad a su conducta, puesto que tiene mayor conciencia sobre su responsabilidad al incurrir en conductas delictuosas. Finalmente, la pena no está sujeta a la libre discrecionalidad del juzgador, dicha discrecionalidad está limitada por el principio de legalidad, única condición legal válida para no incurrir en arbitrariedad. En consecuencia, lo solicitado por el acusado está fuera de la ley, por lo que debe confirmarse la pena impuesta; por lo tanto, no procede la suspensión de su ejecución, ya que el quantum es uno de los requisitos exigidos en el artículo 57° del Código Penal para dicha suspensión, menos aún amerita reserva de fallo condenatorio. 

Esta decisión es importante, pues brinda alcances de la reducción de la pena en el delito de robo agravado. 

[Accede a resolución en "Descargar"]. 

Pariona Abogados