Resulta prejuicio del juez condenar como violación sexual hechos que se condenaron como lesiones en sentencia previa

El Tribunal Constitucional, mediante Exp. N.° 02311-2021-PHC-TC/La Libertad, se ha pronunciado en un caso en el que se alega la vulneración de la imparcialidad judicial, en tanto que en un proceso distinto se condenaron los mismos hechos bajo otra calificación jurídica (violación sexual).

RESULTA PREJUICIO DEL JUEZ CONDENAR COMO VIOLACIÓN SEXUAL HECHOS QUE SE CONDENARON COMO LESIONES EN SENTENCIA PREVIA (EXP. N.° 02311-2021-PHC-TC/LA LIBERTAD)

El Tribunal Constitucional, mediante Exp. N.° 02311-2021-PHC-TC/La Libertad, se ha pronunciado en un caso en el que se alega la vulneración de la imparcialidad judicial, en tanto que en un proceso distinto se condenaron los mismos hechos bajo otra calificación jurídica (violación sexual). 

El Tribunal Constitucional indica que se ha señalado que el derecho al juez imparcial proscribe supuestos en los que el involucramiento inicial con el proceso haya comprometido en demasía al juzgador con el resultado del caso. En la presente demanda, se alega que los mismos hechos sobre los que se calificó el delito de violación habían sido previamente calificados como delitos de lesiones por el mismo juez penal en una anterior condena. En este sentido, de lo narrado en la demanda, se entiende que el acto de violencia evaluado en la sentencia por lesiones es el mismo que fue evaluado posteriormente por el mismo juez en la sentencia por violación.

Esta sentencia es importante al señalar un supuesto de vulneración de la imparcialidad judicial en su dimensión subjetiva al calificarse dos veces el mismo hecho bajo distinta calificación jurídica.

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