Recurso de habeas corpus no implica verificación de los elementos típicos del delito ni valoración de los medios probatorios

El Tribunal Constitucional, en el Exp. N.° 04750-2016-PHC/TC, se ha pronunciado sobre la valoración de los medios probatorios como no objeto en el habeas corpus.

RECURSO DE HABEAS CORPUS NO IMPLICA VERIFICACIÓN DE LOS ELEMENTOS TÍPICOS DEL DELITO NI LA VALORACIÓN DE LOS MEDIOS PROBATORIOS (EXP. N.° 04750-2016-PHC/TC)

El Tribunal Constitucional, en el Exp. N.° 04750-2016-PHC/TC, se ha pronunciado sobre la valoración de los medios probatorios como no objeto en el habeas corpus.

Por ello, menciona que la subsunción de la conducta en un determinado tipo penal, la verificación de los elementos constitutivos del delito, la dilucidación de la responsabilidad penal, la valoración de medios probatorios y la determinación de la pena con asuntos de competencia de la judicatura ordinaria. Por ello, el proceso constitucional de habeas corpus no debe ser utilizado como vía indirecta para revisar una decisión jurisdiccional final, en la medida en que esta implica un juicio de reproche penal sustentado en actividades investigatorias y de valoración de pruebas.

Esta sentencia es importante porque confirma lo que no conformaría el objeto del recurso de habeas corpus que muchas veces es mal utilizado por los agentes judiciales.

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