¿QUÉ GARANTIZA LA LIBERTAD PERSONAL, EN CUANTO A DERECHO SUBJETIVO? [EXP. N° 01000-2018-PHC/TC]
El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el EXP. N° 01000-2018-PHC/TC, se ha pronunciado sobre la libertad en cuanto derecho subjetivo.
El colegiado ha señalado que “la libertad personal, en cuanto a derecho subjetivo, garantiza que no se afecte indebidamente la libertad física de las personas, esto es, su libertad locomotora, ya sea mediante detenciones, internaciones o condenas arbitrarias. Los alcances de la garantía dispensada a esta libertad son oponibles frente a cualquier supuesto de privación de la libertad locomotora, independientemente de su origen, autoridad o persona que lahaya efectuado" (FJ.4).
Esta resolución es importante, porque trata lo importante que es el derecho a la libertad.
Fuente: https://www.tc.gob.pe/consultas-de-causas/