Prueba indiciaria en el delito de lavado de activos

La Corte Suprema, mediante la Casación N.º 1726-2019, Ayacucho, declaró infundado el recurso de casación por infracción de precepto material. El delito a colación fue de lavado de activos con agravantes.

PRUEBA INDICIARIA EN EL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS [CAS N.º 1726-2019, AYACUCHO] 

La Corte Suprema, mediante la Casación N.º 1726-2019, Ayacucho, declaró infundado el recurso de casación por infracción de precepto material. El delito a colación fue de lavado de activos con agravantes.

La Sala Penal Permanente resolvió que "[l]os indicios o afirmaciones base no solo han de ser periféricos al hecho principal sino que además se aprecian en conjunto, no aisladamente, de suerte que los hechos constitutivos del delito deben deducirse precisamente de estos indicios completamente probados. El análisis descompuesto y fraccionado de diferentes indicios puede conducir a conclusiones inaceptables desde el punto
de vista del razonamiento impugnativo; cada indicio debe ponerse en relación con los restantes [...]" (FJ 5).

Esta decisión es importante ya que brindar mayores alcances sobre la prueba indiciaria en el delito de lavado de activos.

Fuente: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/faces/page/inicio.xhtml

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