Precisiones en torno a los requisitos de la legítima defensa como una causa de justificación

La Corte Suprema mediante el Recurso de Nulidad N.° 910-2018/Lima, ha precisado los tres requisitos que deben concurrir al resolver un caso para que opere la legítima defensa como causa eximente de responsabilidad penal.

PRECISIONES EN TORNO A LOS REQUISITOS DE LA LEGÍTIMA DEFENSA COMO UNA CAUSA DE JUSTIFICACIÓN

La Corte Suprema mediante el Recurso de Nulidad N.° 910-2018/Lima, ha precisado los tres requisitos que deben concurrir al resolver un caso para que opere la legítima defensa como causa eximente de responsabilidad penal. 

La Sala Penal Transitoria ha señalado que, la legítima defensa es aquella defensa necesaria frente a una agresión ilegítima no provocada. Esta puede aplicarse para evitar un daño sobre los bienes jurídicos de la misma persona quien realiza la defensa (legítima defensa propia), como para defender bienes jurídicos de terceras personas (legítima defensa impropia). Se encuentra regulada en el inciso 3 del artículo 20 del Código Penal, el cual establece tres elementos subjetivos que deben concurrir para que una conducta pueda ser amparada como causa de justificación para eximirla de responsabilidad penal: la agresión ilegítima, la necesidad racional del medio empleado y la falta de provocación suficiente.

Esta decisión es relevante debido a que, precisa los tres presupuestos de la legítima defensa. 
 

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