PERICIA GRAFOTÉCNICA: SE EXIGEN MUESTRAS COETÁNEAS YA QUE LAS FIRMAS CAMBIAN CON EL TIEMPO [REVISIÓN DE SENTENCIA N.° 242-2022/JUNÍN]
La Corte Suprema de Justicia resolvió una demanda de revisión de sentencia por el delito de colusión, en la que el sentenciado presentó como prueba nueva una pericia grafotécnica de parte que afirmaba la falsificación de su firma en un convenio. La defensa alegó que el documento no le correspondía, pues su rúbrica había sido imitada. Sin embargo, el supremo tribunal concluyó que las muestras empleadas en la pericia no eran coetáneas al documento cuestionado e hizo hincapié en que las firmas pueden cambiar con el tiempo por razones ambientales o biológicas, por lo que desestimó el examen técnico y declaró infundada la revisión.
El colegiado indicó que "ahora, si bien el perito de parte le resta importancia a este aspecto indicando que, en su calidad de especialista, tiene la capacidad de detectar convergencias y divergencias en la firma, reafirmándose en su conclusión. Lo cierto es que la casuística nos indica que la firma de una misma persona puede cambiar en el tiempo por diversos factores psíquicos, ambientales, biológicos, etc., y que lo acorde para realizar este examen es que se practique sobre muestras coetáneas, tanto más si se pudo haber valido de unas más adecuadas, considerando que quien solicitó la práctica de esta pericia es el sentenciado, por ende, pudo haber ofrecido las necesarias para verificar su postura de manera categórica. De lo expuesto, se colige que la prueba nueva ofrecida por el sentenciado no es decisiva para colegir que la firma que obra en el convenio de prestación de servicios con maquina pesada […] no corresponde al sentenciado" [F.J. 13 y 15]
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