Peligro procesal: Vivir en zonas con menor índice de delincuencia genera que personas sean más vulnerables a amenazas

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Exp. N.° 03217-2022-PHC/TC Lima, se ha pronunciado sobre un caso en el que se analizó el peligro procesal como presupuesto de la prisión preventiva.

PELIGRO PROCESAL: VIVIR EN ZONAS CON MENOR ÍNDICE DE DELINCUENCIA GENERA QUE PERSONAS SEAN MÁS VULNERABLES A AMENAZAS [STC EXP. N.° 03217-2022-PHC/TC LIMA]

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Exp. N.° 03217-2022-PHC/TC Lima, se ha pronunciado sobre un caso en el que se analizó el peligro procesal como presupuesto de la prisión preventiva. 

El colegiado citó de la sentencia cuestionada que “debe tenerse en consideración que en el presente caso existe la posibilidad de que los imputados puedan influir en los agraviados, quienes por ser personas que viven [en] provincia con menos índice de delincuencia son más vulnerables a las amenazas u otras circunstancias similares”. A partir de ello, el Tribunal Constitucional fundamentó que “se constata de la motivación expresada en la resolución penal cuestionada que no se trata de una resolución que de manera manifiesta vulnere el derecho conexo a la libertad personal y la debida motivación de las resoluciones judiciales del demandante” (FJ 15).

Esta sentencia es importancia porque valora el peligro procesal a partir de la peligrosidad que ostentan los imputados respecto de personas para quienes se da una evaluación conforme al contexto en el que viven, lo que implica un análisis personal de la existencia de este presupuesto

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