PECULADO: NULIDAD DE SENTENCIA PORQUE PERICIA CONTABLE NO HA SIDO VALORADO EN TODO SU CONTEXTO
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 7-2021/Puno, ha señalado que el dictamen pericial ampliatorio, realizado por los peritos, no ha sido debidamente valorado en todo su contexto. Dicha pericia, se realizó teniendo en cuenta la documentación relacionada con la ejecución de las obras cuestionadas.
La Sala Penal Permanente ha indicado que es evidente que la sentencia impugnada presenta un defecto estructural de motivación, en lo concerniente a la valoración de la prueba en su conjunto, con referencia a lo que es objeto de imputación: la sobrevaluación de las obras “Terminal terrestre de Chucuito-Juli”, "Rehabilitación Carretera Caspa Yanampaca Callacami" y "Mejoramiento y Rehabilitación del Parque Infantil", cuyo monto habría sido apropiado por el encausado absuelto. En tal virtud, las versiones sobre los hechos, el valor probatorio atribuido a los medios de prueba y la conclusión a la que estos lleven deben necesariamente ser reevaluados, efectuándose un análisis cabal de los medios de prueba obrante en autos, sin perjuicio de llevarse a cabo las ratificaciones del Informe y las pericias emitidas en el presente proceso, además de efectuarse las diligencias que sean necesarias para la acreditación de la verdad de los hechos. Consecuentemente, es razonable anular la sentencia absolutoria y convocar a un nuevo juicio oral, de conformidad con lo previsto en el artículo 298, numeral 1, y en el artículo 300, segundo párrafo, del Código de Procedimientos Penales.
Esta decisión es relevante, pues brinda alcances del delito de peculado.
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