Peculado: nula la sentencia absolutoria porque perito no contó con toda la documentación de manera oportuna, como sí lo tuvo la primer perito

La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 1185-2019/Lima, ha señalado que ambas peritos asistieron al juicio oral, en tanto una ratificó su informe y la otra manifestó que no contó con toda la documentación de manera oportuna, como sí lo tuvo la primera; por lo que corresponde un nuevo peritaje, a finde contar con un nuevo informe contable.

PECULADO: NULA LA SENTENCIA ABSOLUTORIA PORQUE PERITO NO CONTÓ CON TODA LA DOCUMENTACIÓN DE MANERA OPORTUNA, COMO SÍ LO TUVO LA PRIMER PERITO 

La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 1185-2019/Lima, ha señalado que ambas peritos asistieron al juicio oral, en tanto una ratificó su informe y la otra manifestó que no contó con toda la documentación de manera oportuna, como sí lo tuvo la primera; por lo que corresponde un nuevo peritaje, a finde contar con un nuevo informe contable. 

La Sala Penal Transitoria ha indicado que la sentencia absolutoria indica de manera sucinta que la perito Llanos Aguilar de Cáceres (quien concluyó un faltante de dinero que ascendería a doscientos setenta mil setecientos ochenta y dos soles con once céntimos) afirmó en el contradictorio que de haber tenido toda la documentación probablemente hubiese llegado a la misma conclusión que su colega Antezana Gallegos (quien concluyó un sobrante de dinero por más de seis mil soles); no obstante de la lectura del Acta de juicio oral se desprende que, contrario a ello, la perito Nelly Llanos no negó haber tenido conocimiento de dichos documentos (mencionándolos en sus conclusiones), pero señaló que no los consideró por no haber sido presentados en forma oportuna y que por el tiempo en que fueron entregados correspondía descifrar si los documentos presentados como rendiciones eran verdaderos o no, para poder incluirlos en su análisis; de esta manera, la especialista contadora no descartó sus propias conclusiones, más sí reiteró la necesidad de otra pericia (que determine la autenticidad de los documentos) previa a la realización de un nuevo examen contable. En ese sentido, la sentencia impugnada debe ser declarada nula por defectos en la valoración de la prueba y en la motivación; en consecuencia, se deberá llevar a cabo un nuevo juicio oral por otra Sala Superior de la Corte Superior de origen.

Esta decisión es relevante, pues brinda alcances de la valoración de la prueba y la debida motivación en el delito de peculado. 

[Accede  a resolución en  "Descargar"]. 

Pariona Abogados