PECULADO DE USO: ELEMENTO TÍPICO «FINES AJENOS AL SERVICIO» [R.N. N.º 1541-2012, Lima]
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.º 1541-2012, Lima, declara no haber nulidad en sentencia en tanto se cumplieron los elementos típicos del tipo penal. El delito a colación fue contra la administración pública, en concreto, peculado de uso.
La Sala Penal Permanente resolvió que “[...] presupone la presencia de beneficio para el sujeto activo o para los terceros que resultan favorecidos. Resultando ser sujeto activo el funcionario y servidor público en el ámbito de extensión del servicio a título de autoría o coautoría; asimismo, al ser un delito doloso, requiere que el sujeto activo debe usar los bienes señalados en el tipo conociendo que son del Estado y con voluntad y conciencia de infringir la prohibición implícita en el tipo penal" (FJ 4).
Esta decisión es importante ya que brindar mayores alcances sobre el elemento típico "fines ajenos al servicio".
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