Peculado: Absolución de alcalde por faltar el elemento objetivo del delito

La Corte Suprema mediante el Recurso de Nulidad N.° 450-2020, Amazonas ha señalado que, la pericia contable efectuada determinó que no se pudo acreditar la existencia de dinero faltante (dinero apropiado) que haya afectado económicamente a la Municipalidad Distrital de Magdalena, por lo que, al faltar este elemento objetivo, el delito de peculado no se configura.

PECULADO: ABSOLUCIÓN DE ALCALDE POR FALTAR EL ELEMENTO OBJETIVO DE DELITO

La Corte Suprema mediante el Recurso de Nulidad N.° 450-2020, Amazonas ha señalado que, la pericia contable efectuada determinó que no se pudo acreditar la existencia de dinero faltante (dinero apropiado) que haya afectado económicamente a la Municipalidad Distrital de Magdalena, por lo que, al faltar este elemento objetivo, el delito de peculado no se configura.

La Sala Penal Permanente ha indicado que, cabe precisar que constituye una línea jurisprudencial establecida que en el delito de peculado es imprescindible acreditar la lesión al patrimonio público con la presencia positiva de la pericia contable. En el presente proceso se advierte que la pericia judicial estableció que no se pudo determinar la existencia de dinero faltante (dinero apropiado) que haya afectado económicamente a la Municipalidad Distrital de Magdalena; en consecuencia, al faltar este elemento objetivo del delito de peculado, dicho ilícito penal no se configura. Por lo tanto, la presunción de inocencia del procesado David Caro Rodríguez se mantiene incólume y deben desestimarse los argumentos expuestos por el representante del Ministerio Público en su recurso de nulidad, al encontrarse conforme a derecho la absolución resuelta

Esta jurisprudencia es relevante, pues brinda alcances de la configuración del delito de peculado.

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