Parricidio solo puede ser cometido por quien tiene especial vínculo con la víctima

La Corte Suprema, mediante la Casación N.º 558-2016 Lambayeque, fundado el recurso interpuesto en tanto se condenó por instigación e asesinato por lucro.

PARRICIDIO SOLO PUEDE SER COMETIDO POR QUIEN TIENE ESPECIAL VÍNCULO CON LA VÍCTIMA [Casación N.º 558-2016 Lambayeque]

La Corte Suprema, mediante la Casación N.º 558-2016 Lambayeque, fundado el recurso interpuesto en tanto se condenó por instigación e asesinato por lucro. 

La Sala Penal Permanente resolvió que “[...] en el delito materia de este proceso, parricidio, se da la ruptura de la unidad del título de imputación, pues tal tipo penal solo puede ser cometido por el sujeto activo cuando medie una especial cualidad con la víctima, que es incomunicable a los partícipes. Por consiguiente, en el presente caso, sólo entre la víctima [...] y el procesado [...] existió una relación de convivencia, por lo que aquél responde a título de instigador del delito de parricidio agravado, tipificado en el segundo párrafo del artículo ciento siete del Código Penal" (FJ 21).

Esta decisión es importante ya que brindar mayores alcances sobre la diferencia en el delito de parricidio y homicidio simple. 

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