Para establecer la responsabilidad penal de una persona debe evaluarse si tiene una enfermedad mental

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de setiembre de 2009, indicó que los órganos jurisdiccionales deben evaluar si el imputado tuvo alguna enfermedad mental al momento de cometer el presunto hecho delictivo.

PARA ESTABLECER LA RESPONSABILIDAD PENAL DE UNA PERSONA DEBE EVALUARSE SI TIENE UNA ENFERMEDAD MENTAL [CASO DACOSTA CADOGAN VS. BARBADOS]

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de setiembre de 2009, indicó que los órganos jurisdiccionales deben evaluar si el imputado tuvo alguna enfermedad mental al momento de cometer el presunto hecho delictivo.

En efecto, la Corte que “para establecer la responsabilidad penal de un acusado, resulta necesario determinar el efecto que podría tener una enfermedad mental sobre el sujeto al momento de cometer el delito, lo cual va más allá de la determinación del estado de su salud mental durante el transcurso del juicio” [párrafo 87].

La sentencia en mención es importante porque vincula a los jueces a tomar medidas de precaución en un proceso penal respecto al estado mental de los acusados.

[Accede a resolución en “Descargar”].

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