PARA CONDENAR MEDIANTE PRUEBA INDICIARIA SE REQUIERE DE UNA MOTIVACIÓN CUALIFICADA [STC EXP. N.° 04572-2022-PHC/TC PIURA]
La Corte Suprema, mediante la sentencia recaída en el expediente N.° 04572-2022-PHC/TC Piura, se ha pronunciado sobre la legitimidad de la prueba indiciaria.
El colegiado supremo determinó que “este Colegiado es plenamente consciente de que la adopción de un modelo que legitima el uso de la prueba indiciaria relativiza de alguna forma el derecho a la presunción de inocencia. En tales circunstancias, la única forma de asegurar que no represente una opción meramente mecánica y, por consiguiente, no sea objetada en sede constitucional, supone en consecuencia la exigencia de un grado mayor de motivación o, si se quiere, de motivación cualificada a efectos de que se desarrolle cómo es que los medios probatorios indiciarios generaron el pleno convencimiento en el operador jurídico sobre la responsabilidad del beneficiario, con lo que se legitimaría la decisión judicial condenatoria” (F.J. 13).
Esta sentencia es importante porque reconoce que la prueba indiciaria, como mecanismo probatorio para llegar a la certeza, debe tener un mayor grado de control.
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