Nuevo criterio para analizar el plazo razonable y debida diligencia en la investigación. Caso Noguera y otra Vs. Paraguay

La Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia de fecha 09 de marzo de 2020, Caso Noguera y otra vs. Paraguay, ha añadido un nuevo criterio a evaluar para la determinación del plazo razonable, siendo éste la afectación generada en la situación jurídica de la presunta víctima.

NUEVO CRITERIO PARA ANALIZAR EL PLAZO RAZONABLE Y DEBIDA DILIGENCIA EN LA INVESTIGACIÓN. CASO NOGUERA Y OTRA VS. PARAGUAY

La Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia de fecha 09 de marzo de 2020, Caso Noguera y otra vs. Paraguay, ha añadido un nuevo criterio a evaluar para la determinación del plazo razonable, siendo éste la afectación generada en la situación jurídica de la presunta víctima.

Los hechos se vinculan a la investigación que se dio en virtud al presunto homicidio del joven Vicente Noguera, quien a los 16 años fue reclutado por un centro militar, y habría sido víctima de diversos maltratos que resultaron en su muerte. Estos hechos, sin embargo, no fueron investigados adecuadamente, llegando a prolongarse por 23 años.

Es así que al Corte consideró que se vulneró el artículo 8.1. y 25 de la Convención Americana, indicando en relación a la debida diligencia que el deber de investigar es una obligación del Estado que no constituye una simple formalidad condenada de antemano a ser infructuosa, o como una mera gestión de intereses particulares, que dependa de la iniciativa procesal de las víctimas o de sus familiares o de la aportación privada de elementos probatorios. Asimismo, señaló que al momento de analizar si se cumplió con la garantía del plazo razonable deben tomarse en consideración los siguientes criterios: (i) la complejidad del asunto83, (ii) la actividad procesal del interesado, (iii) la conducta de las autoridades judiciales, y (iv) la afectación generada en la situación jurídica de la presunta víctima.

La importancia de la jurisprudencia en cuestión radica en que hasta la fecha solo se analizaba la complejidad de la investigación y la conducta procesal de las partes para evaluarse el plazo razonable, por lo que a partir de ahora los operadores jurídicos deberán tomar en consideración también la afectación que el plazo puede generar en la presunta víctima.

[Accede a resolución en "Descargar"]. 

Pariona Abogados