No solo los funcionarios públicos incurren en actos de corrupción

El Tribunal Constitucional mediante sentencia recaída en el expediente N.° 00016-2019-AI se ha pronunciado acerca de la lucha contra la corrupción como principio constitucional, el cual supone preservar el correcto funcionamiento de la administración pública.

NO SOLO LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS INCURREN EN ACTOS DE CORRUPCIÓN [EXP. N.° 00016-2019-AI]

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el expediente N.° 00016-2019-AI, se ha pronunciado acerca de la lucha contra la corrupción como principio constitucional, el cual supone preservar el correcto funcionamiento de la administración pública. 

En ese sentido, el máximo intérprete de la Constitución señaló: “debe tenerse en cuenta que no solo los funcionarios incurren en actos de corrupción, sino también los particulares. En efecto, la corrupción no alcanza exclusivamente el ámbito de la función pública, sino que también abarca la esfera privada, y se origina muchas veces en ella. Por consiguiente, la lucha contra la corrupción incluye la efectiva persecución de delitos cometidos por funcionarios y servidores públicos en el ejercicio de sus funciones, y también a las personas y empresas que incurran en los mismos delitos” (FJ N°. 21). 

Esta sentencia es importante dado que el TC enfatiza la importancia de la lucha contra la corrupción con el propósito de que esta sea revertida a cabalidad, así como a las consecuencias nefastas que genera para la institucionalidad del país. 

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