No se genera un sobreseimiento si no hay posibilidad de incorporar nuevos elementos de prueba

La Corte Suprema, mediante la Casación N.° 812-2021, Áncash, se pronuncia sobre la medida de sobreseimiento en un proceso penal.

NO SE GENERA UN SOBRESEIMIENTO SI NO HAY POSIBILIDAD DE INCORPORAR NUEVOS ELEMENTOS DE PRUEBA [Casación N.° 812-2021, Áncash]

La Corte Suprema, mediante la Casación N.° 812-2021, Áncash, se pronuncia sobre la medida de sobreseimiento en un proceso penal.

En ese sentido, el colegiado ha señalado que “[…] los tribunales de mérito no tuvieron en cuenta el contexto de la conducta delictiva descrita por la Fiscalía, por todo lo cual las imputaciones merecen una evaluación conjunta y no individual. No debe perderse de vista lo establecido en la Casación n.° 760-2016/La Libertad, cuando se señala que respecto al control sustancial, con relación a los elementos de convicción presentados en la acusación, debe considerarse que el control que puede ejercerse debe circunscribirse a los casos en los que el juicio de suficiencia, que le está permitido hacer a las partes, tenga la evidente certeza de un supuesto de sobreseimiento y, en su caso, la posibilidad de que no se podrá incorporar nuevos elementos de prueba. Pero entiéndase que estos son casos límites, notorios, aprehensibles por cualquiera: inexistencia del objeto del proceso, imposibilidad que el imputado haya estado presente en el lugar del hecho, el hecho investigado ha devenido en atípico o hay eximentes, o hay eximentes de responsabilidad evidentes” (FJ. N.° 17).

Esta sentencia es importante, porque identifica los presupuestos para que no se efectúe el sobreseimiento en el marco del proceso penal. 

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