NO PROCEDE ERROR DE TIPO CUANDO LA CONDICIÓN DE LA VÍCTIMA ERA PÚBLICA [RECURSO CASACIÓN N.º 1151-2021/ANCASH]
La Corte Suprema, mediante Recurso de Casación N.º 1151-2021/Áncash, se ha referido al error de tipo en el delito de violación sexual de persona incapaz de dar consentimiento.
El colegiado supremo determinó que “no tuvo en cuenta, pese a la afirmación del Juzgado Penal, que lo que le sucedía a la víctima era de conocimiento de la población, más aún si el imputado la conocía tiempo atrás y eran vecinos. Si la propia prueba pericial señaló que la encausada carece de capacidad de dar consentimiento sexual por su enfermedad y consiguiente deterioro cognitivo, no es posible marginar este elemento de prueba para otorgar mayor relevancia a lo que dijeron dos testigos frente a otros tres. Es obvio, desde las reglas de experiencia médica, que la situación de la víctima era notoria y, como tal, era de conocimiento de terceros, más aún si son del mismo pueblo y vecinos” (F.J. 5).
Esta sentencia es importante porque toma en cuenta reglas de experiencia médica y de conocimiento general para poder valorar el error de tipo.
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