NO ES COMPLETAMENTE NECESARIA LA PRESENTACIÓN DEL DOCUMENTO NACIONAL DE INDENTIDAD PARA LA IDENTIFICACIÓN DEL ACTOR CIVIL [Casación N.º 1146-2021, Moquegua]
La Corte Suprema, mediante la Casación N.º 1146-2021, Moquegua, declaró fundado el recurso interpuesto sobre los requisitos de la identificación del actor civil.
La Sala Penal Permanente resolvió que “el Documento Nacional de Identidad es un documento relevante para la identificación de las partes procesales; no obstante, la omisión de su presentación a la solicitud de constitución como actor civil del procurador público del Estado no puede ser motivo para que se le deniegue tal pedido, tanto más porque sí anexó la Resolución Suprema n.° 260-2002-JUS, referida a su designación" (FJ 15).
Esta decisión es importante ya que brinda mayores alcances respecto a la debida identificación del actor civil y la necesidad de presentar o no, el documento nacional de identidad.
Fuente: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/faces/page/inicio.xhtml