NO CUALQUIER RECLAMO ANTE UNA SUPUESTA AFECTACIÓN A LA LIBERTAD INDIVIDUAL MERECE TUTELA [EXP. N° 03359-2021-PHC/TC]
El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el expediente N.° 03359-2021-PHC/TC, se ha pronunciado acerca del habeas corpus.
En ese sentido, el máximo intérprete de la Constitución señaló “[…] La Constitución Política del Perú establece en el artículo 200, inciso 1, que mediante el habeas corpus se protege tanto la libertad individual como los derechos conexos a ella; no obstante, no cualquier reclamo que alegue afectación del derecho a la libertad individual o derechos conexos puede reputarse efectivamente como tal y merecer tutela, pues para ello es necesario analizar previamente si tales actos denunciados vulneran el contenido constitucionalmente protegido del derecho tutelado por el habeas corpus (FJ N°. 6)".
Esta sentencia es importante dado que el TC delimita la admisibilidad de este recurso a los actos que vulneren el contenido constitucionalmente protegido de los derechos tutelados por el hábeas corpus.
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