NO BASTA EL CONOCIMIENTO PARA IMPUTAR EL DELITO DE COLUSIÓN, SE REQUIEREN ACCIONES COMISIVAS [EXP. N.° 04554-2023-PHC/TC]
El Tribunal Constitucional, mediante el Exp. N.° 04554-2023-PHC/TC, enfatizó que la responsabilidad penal por el delito de colusión requiere de acciones comisivas por parte del agente.
El colegiado precisó que “[n]o basta, pues, con afirmar que el acusado tuvo conocimiento de los hechos, sino que para ser penalmente responsable es necesario, además, que se realicen acciones comisivas que, por los menos constituyan el comienzo de ejecución de una acción típica, dentro del marco de un “plan común””(f. j. 11).
Esta jurisprudencia es importante brinda precisiones en torno la forma de comisión necesaria para determinar la responsabilidad penal por el delito de colusión.
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