Los titulares de las entidades públicas no poseen un deber de garante respecto de todos sus subordinados

El Tribunal Constitucional, en la sentencia recaída en el Exp. N.° 01553-2023-PA/TC LIMA, analizó un caso respecto a la responsabilidad de los titulares de las entidades por comportamientos ilícitos de sus subordinados.

LOS TITULARES DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS NO POSEEN UN DEBER DE GARANTE RESPECTO DE TODOS SUS SUBORDINADOS [EXP. N.° 01553-2023-PA/TC LIMA]

El Tribunal Constitucional, en la sentencia recaída en el Exp. N.° 01553-2023-PA/TC LIMA, analizó un caso respecto a la responsabilidad de los titulares de las entidades por comportamientos ilícitos de sus subordinados.

El colegiado precisó que "[e]n el caso específico de los titulares de las entidades públicas, imponerles un deber de garante que requiera una revisión pormenorizada de todos los criterios técnicos de todos sus subordinados, bajo la lógica de que tienen que hacerse responsables porque “sabían lo que pasaba al interior de sus instituciones o, porque si no sabían, igual debían saberlo”, es abiertamente inconstitucional. En realidad, se les juzgaría con base a un estándar divino inalcanzable: se requeriría que sean omnipotentes, omnipresentes y omniscientes". (FJ. 30)

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