LOS PARTICULARES PUEDEN SER SANCIONADOS COMO CÓMPLICES EN EL DELITO DE COLUSIÓN [CASACIÓN N ° 780-2021/ANCASH ]
La Corte Suprema en la casación N°780-2021 Áncash resolvió un caso de delito de colusión simple. En este, el Tribunal confirmó una condena contra los particulares que administraban la empresa con la cual se concertó el funcionario público. La Sala resaltó que los particulares pueden ser cómplices primarios, pese a no tener la calidad de funcionario público.
El colegiado señaló que “en tanto los extraneus, que se conciertan con los intraneus, no tienen la condición funcionarial exigible por el tipo delictivo, pero como su intervención es necesaria para la configuración de la propia conducta delictiva de colusión, sin la cual no podía tener lugar se está ante un cómplice primario o cooperador necesario” [F.J. 5]
Para recibir más información únete a nuestra COMUNIDAD:
-
Telegram: Comunidad Pariona Abogados
-
WhatsApp: Comunidad Pariona Abogados
¿NECESITAS AYUDA LEGAL? Contáctanos: (+51) 915 154 298