LAVADO DE ACTIVOS: ¿PUEDE UNA PERICIA CONTABLE IDÓNEA BASARSE SOLO EN DOCUMENTACIÓN QUE PROPORCIONA EL INVESTIGADO? [Recurso de Nulidad N.º 1828-2021 , Lima Norte]
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.º 1828-2021 , Lima Norte, se pronunció en torno a la idoneidad de la pericia contable postulada solo con información de una parte. El delito a colación es el de lavado de activos en la modalidad de actos de conversión.
La Sala Penal Permanente consideró que “aquellas pericias contables que, como en el caso, y con independencia de sus resultados –pues pueden arrojar un saldo a favor o en contra– se limiten a lo postulado por la parte no brindan datos objetivos ni certeza y, como tal, carecen de idoneidad suficiente para su valoración dada la naturaleza científica de dicha evaluación”.
Esta decisión es importante debido a que confirma la incompatibilidad de brindar datos objetivos y certeza para la valoración científica de la pericia contable.
[Accede a la jurisprudencia en "Descargar"].