LAVADO DE ACTIVOS, PRUEBA SUFICIENTE Y AUMENTO DE PENA (RECURSO DE NULIDAD N.° 163-2021/LIMA)
La Corte Suprema, mediante Recurso de Nulidad N.° 163-2021/Lima, se ha referido a la prueba suficiente en casos de lavado de activos, los que se deberán de verificar necesariamente para desestimar la presunción de inocencia.
Por ello, observa que fluye prueba de cargo suficiente, obtenida y practicada conforme a los cánones constitucionales y legales que franquea el ordenamiento jurídico, así como valorada con pleno respeto de los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los criterios científicos. En la sentencia impugnada se expresaron juicios de valor razonables para demostrar su responsabilidad penal en el delito atribuido; a la vez, se dio cumplimiento a los criterios de apreciación de la prueba en el delito de lavado de activos. Por ende, la decisión será ratificada en sus propios términos.
Esta sentencia es importante porque demuestra la importancia en la determinación de los indicios de incremento inusual de patrimonio, la dinámica de las transacciones y la constatación de vínculos con actividades delictivas.
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