Lavado de activos: Pericia contable que se materialicen sobre la base de declaraciones, carecen de idoneidad suficiente para su valoración

La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 209-2019/Sal Penal Nacional, ha señalado que aquellas pericias contables que se materialicen sobre la base de declaraciones o afirmaciones de los examinados, no brindan datos objetivos y, como tal, carecen de idoneidad suficiente para su valoración dada la naturaleza científica de dicha evaluación.

LAVADO DE ACTIVOS: PERICIA CONTABLE QUE SE MATERIALICEN SOBRE LA BASE DE DECLARACIONES, CARECEN DE IDONEIDAD SUFICIENTE PARA SU VALORACIÓN 

La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 209-2019/Sal Penal Nacional, ha señalado que aquellas pericias contables que se materialicen sobre la base de declaraciones o afirmaciones de los examinados, no brindan datos objetivos y, como tal, carecen de idoneidad suficiente para su valoración dada la naturaleza científica de dicha evaluación.

La Sala Penal Transitoria ha indicado que en el caso, la Sala Penal frente a las conclusiones de las pericias oficiales (que establecieron la existencia de desbalance patrimonial), remitió su análisis y amparó el contenido de las pericias de parte presentadas por la defensa de los encausados, las que concluyeron en la inexistencia de desbalance patrimonial, pese a que en la evaluación del perito de parte se advierte que el examen se remitió a versiones no corroboradas, como son las declaraciones juradas de los acusados respecto a sus ingresos, lo que por sí mismo carece de entidad suficiente para enervar el mérito de la acusación. De acuerdo con el marco imputativo objeto de procesamiento, los encausados han participado en la compra y venta de diversos bienes muebles e inmuebles, conforme fichas registrales insertas; asimismo, han materializado ingentes movimientos financieros cuyo origen no pudieron sustentar objetivamente, supuestos que no fueron analizados razonadamente por la Sala Superior, verificándose una deficiente valoración de las pruebas incorporadas, por lo que resulta necesario el desarrollo de un nuevo juicio oral a cargo de otro Colegiado, que deberá observar los criterios expuestos en la presente en el análisis del acervo probatorio que obra en autos.

Esta decisión es relevante, debido a que brinda alcances de la valoración de la pericia contable en el delito de lavado de activos.  

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