Lavado de activos: ¿En qué consiste la falacia del falso referente?

La Corte Suprema, mediante sentencia recaída en la Casación N.° 617-2021-Nacional, se ha referido sobre la falacia del falso referente en torno a la elaboración de razonamientos para identificar conductas delictivas.

LAVADO DE ACTIVOS: ¿EN QUÉ CONSISTE LA FALACIA DEL FALSO REFERENTE? [CASACIÓN N.º 617-2021-NACIONAL]

La Corte Suprema, mediante sentencia recaída en la Casación N.° 617-2021-Nacional, se ha referido sobre la falacia del falso referente en torno a la elaboración de razonamientos para identificar conductas delictivas.

La Corte Suprema ha señalado que “[…]si se afirma que no está tipificada la conducta atribuida, es obvio que se trata de una conclusión falsa, debido a que el defecto de imputación no desaparece el hecho criminal; luego, si esta afirmación no rige el silogismo categórico, vuelve equívoco su punto de referencia (premisa normativa) y falsa la conclusión […]” (FJ 20).

Esta sentencia es importante, porque identifica que se ciernen falacias en torno a la fundamentación de las conductas delictivas.

Fuente: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/faces/page/inicio.xhtml

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