¿Las órdenes de ubicación y captura configuran el peligro de fuga?

La Corte Suprema, mediante la Casación N.º º 469-2019, Tumbes, analiza al peligro de fuga a través de las órdenes de ubicación y captura. El delito a colación fue contra la administración pública-peculado agravado, en agravio del Estado.

¿LAS ÓRDENES DE UBICACIÓN Y CAPTURA CONFIGURAN EL PELIGRO DE FUGA?  [Casación N.º 469-2019, Tumbes]

La Corte Suprema, mediante la Casación N.º º 469-2019, Tumbes, analiza al peligro de fuga a través de las órdenes de ubicación y captura. El delito a colación fue contra la administración pública-peculado agravado, en agravio del Estado. 

La Sala Penal Permanente  precisó que “[...]  conforme a la razón de Secretaría y al correo electrónico del quince de diciembre de dos mil veintiuno (fojas 118 y 115, en el cuaderno supremo), la causa penal se encuentra en el estadio procesal de juicio oral, en tanto, [...] se encuentra con órdenes de ubicación y captura. Esto es, no se ha sujetado a las disposiciones judiciales y la fuga se ha materializado con nitidez. En ese sentido, fluyen motivos objetivos y razonables que justifican la aplicación de la prisión preventiva” (FJ N.°6). 

Esta decisión es importante ya que brinda mayores alcances para la configuración del peligro de fuga y subsecuente aplicación de la prisión preventiva. 
 

[Accede a la jurisprudencia en "Descargar"].

Pariona Abogados