Las omisiones en la pericia contable motivan la nulidad de la sentencia por lavado de activos

La Corte Suprema, mediante el R. N. 66-2020-Nacional, ha decidido la nulidad en un caso de lavado de activos debido a la insuficiente información obtenida respecto de los ingresos del investigado. Durante la investigación, se omitió información respecto a sus ingresos y sobre la base de esta, se elaboró una pericia contable defectuosa. Por ese motivo, correctamente la Sala ordenó la nulidad de la sentencia.

LAS OMISIONES EN LA PERICIA CONTABLE MOTIVARON LA NULIDAD DE LA SENTENCIA POR LAVADO DE ACTIVOS

La Corte Suprema, mediante el R. N. 66-2020-Nacional, ha decidido la nulidad en un caso de lavado de activos debido a la insuficiente información obtenida respecto de los ingresos del investigado. Durante la investigación, se omitió información respecto a sus ingresos y sobre la base de esta, se elaboró una pericia contable defectuosa. Por ese motivo, correctamente la Sala ordenó la nulidad de la sentencia.

El colegiado indicó que "“debe tenerse en cuenta que el peritaje, si bien constituye un medio probatorio importante sobre el desbalance patrimonial del procesado; sin embargo, resulta insuficiente considerando los actos imputados en la acusación, sumado a que para su elaboración la evaluación contable únicamente se limitó a los actuados contenidos en el expediente y consultas Sunat sobre las actividades […], debiéndose haber abordado el estado financiero del encausado antes del período peritado, el estado financiero de su conviviente […] , las empresas que pudiera tener o participar como accionista y demás información complementaria pertinentes con lo que pudo haberse contado a partir de la información bancaria y tributaria” (fundamento 6.2.)

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