La violencia en el delito de robo agravado

La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 348-2021/Lima Sur, ha precisado que la violencia es un elemento objetivo que permite diferenciar entre el delito de robo y el de hurto; puede ser ejercida de forma previa, simultánea o posterior a la sustracción, lo relevante es que la violencia viabilice el apoderamiento del bien, como ocurrió en este caso.

LA VIOLENCIA EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO

La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 348-2021/Lima Sur, ha precisado que la violencia es un elemento objetivo que permite diferenciar entre el delito de robo y el de hurto; puede ser ejercida de forma previa, simultánea o posterior a la sustracción, lo relevante es que la violencia viabilice el apoderamiento del bien, como ocurrió en este caso.

La Sala Penal Permanente ha señalado que en el presente caso no se distrajo al agraviado con un gesto, como defensivamente refirió el procesado, pues, en su declaración primigenia, el agraviado no refirió solo un empujón, sino un forcejeo previo a la sustracción de su celular, por lo que no es de recibo la discusión sobre el tipo penal aplicado. Sobre la determinación de la pena se advierte que el Tribunal Superior consideró que el procesado carece de antecedentes judiciales y penales, por lo que inicialmente fijó la pena en el extremo mínimo legal, es decir, doce años y, en atención a sus condiciones personales –secundaria completa, domicilio y falta de recursos materiales–, al principio de lesividad –pues se retornó el bien y no se le realizó un daño mayor al agraviado– y al principio de proporcionalidad, se fijó la pena en siete años, es decir, por debajo del mínimo legal. Se advierte que la Sala Penal Superior disminuyó excesivamente la pena por debajo del mínimo legal establecido. No obstante, no es posible modificar la pena e incrementarla en su agravio, pues es el único recurrente y ese supuesto implicaría la vulneración del principio de no reforma en peor.

Esta decisión es relevante, pues brinda alcances del delito de robo agravado. 

[Accede a resolución en "Descargar"]. 

Pariona Abogados