La reparación del daño ocasionado por el delito como política criminal es orientada por la victimología

El Tribunal Supremo español, mediante la STS 4391/2022, se ha pronunciado en buena cuenta sobre la reparación del daño que ocasionó el delito consumado desde la perspectiva de la victimología.

LA REPARACIÓN DEL DAÑO OCASIONADO POR EL DELITO COMO POLÍTICA CRIMINAL ES ORIENTADA POR LA VICTIMOLOGÍA [STS 4391/2022]

El Tribunal Supremo español, mediante la STS 4391/2022, se ha pronunciado en buena cuenta sobre la reparación del daño que ocasionó el delito consumado desde la perspectiva de la victimología.

El Tribunal Supremo español: “[L]o que pretende esta circunstancia es incentivar el apoyo y la ayudas a las víctimas (sic), lograr que el propio responsable del hecho delictivo contribuya a la reparación o disminución del daño de toda índole que la acción delictiva ha ocasionado, desde la perspectiva de una política criminal orientada por la victimología, en la que la atención a la víctima adquiere un papel preponderante en la respuesta penal. Para ello resulta conveniente primar a quien se comporta de una manera que satisface el interés general, pues la protección de los intereses de las víctimas no se considera ya como una cuestión estrictamente privada, de responsabilidad civil, sino como un interés de toda la comunidad”.

La relevancia de esta sentencia se encuentra en la referencia a la victimología como una disciplina científica que, entre su gama de objetos de conocimiento, atiende a la protección de la víctima en el proceso penal.

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