LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA COMO ESTÁNDAR FUNDAMENTAL EN LA APRECIACIÓN PROBATORIA [CASO ZEGARRA MARÍN VS. PERÚ]
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, mediante sentencia recaída en el caso Zegarra Marín vs. Perú, se ha pronunciado sobre la presunción de inocencia como estándar fundamental en la apreciación probatoria.
El colegiado ha señalado que “el principio de presunción de inocencia es un eje rector en el juicio y un estándar fundamental en la apreciación probatoria que establece límites a la subjetividad y discrecionalidad de la actividad judicial. Así, en un sistema democrático la apreciación de la prueba debe ser racional, objetiva e imparcial para desvirtuar la presunción de inocencia y generar certeza de la responsabilidad penal” (FJ 125).
Esta jurisprudencia es relevante porque señala que la presunción de inocencia establece una demarcación que el juzgador no debe sobrepasar con su discrecionalidad o subjetividad; ya que en un sistema democrático la valoración probatoria se orienta por criterios de racionalidad, objetividad e imparcialidad que permitir desvirtuar la presunción de inculpabilidad dentro de los márgenes de ley.
Fuente: https://www.corteidh.or.cr/cf/jurisprudencia2/