La persecución penal es la medida más restrictiva a la libertad de expresión

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, mediante sentencia recaída en el Caso Baraona Bray vs. Chile, se ha pronunciado sobre la persecución penal.

LA PERSECUCIÓN PENAL ES LA MEDIDA MÁS RESTRICTIVA A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN [CASO BARAONA BRAY VS. CHILE]

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, mediante sentencia recaída en el Caso Baraona Bray vs. Chile, se ha pronunciado sobre la persecución penal.

El colegiado ha señalado que “la persecución penal es la medida más restrictiva a la libertad de expresión, por lo que su uso en una sociedad democrática debe ser excepcional y reservarse para aquellas eventualidades en las cuales sea estrictamente necesaria para proteger los bienes jurídicos fundamentales de los ataques que los dañen o los pongan en peligro, pues lo contrario supondría un uso abusivo del poder punitivo del Estado. Es decir, del universo de medidas posibles para exigir responsabilidades ulteriores por eventuales ejercicios abusivos del derecho a la libertad de expresión, la persecución penal sólo resultará procedente en aquellos casos excepcionales que sea estrictamente necesaria para proteger una necesidad social imperiosa” [FJ N.°120].

Esta resolución es relevante porque destaca que la persecución penal debe ser reservada para casos excepcionales en los cuales sea necesaria para proteger los bienes jurídicos fundamentales, ya que su uso en una sociedad democrática debe ser excepcional debido a que es la medida más restrictiva a la libertad de expresión.

[Accede a resolución en “Descargar”].

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