La intervención de la PNP de manera inmediata evita que se consume el delito de robo agravado

La Corte Suprema, mediante sentencia recaída en la Casación N.° 1356-2021-Lima, se ha referido sobre la consumación del delito de robo agravado.
 

LA INTERVENCIÓN DE LA PNP DE MANERA INMEDIATA EVITA QUE SE CONSUME EL DELITO DE ROBO AGRAVADO [CASACIÓN N.° 1356-2021-Ica]

La Corte Suprema, mediante sentencia recaída en la Casación N.° 1356-2021-Lima, se ha referido sobre la consumación del delito de robo agravado.

La Corte Suprema ha señalado que “[…] no existió una disponibilidad potencial de los bienes sustraídos por parte de los sentenciados; es verdad que superaron el obstáculo —piedras en el camino— que puso el compañero del agraviado; no obstante, esto dificultó su huida impidiendo que ejerzan una disponibilidad potencial del bien. Además, apenas salieron de la trocha carrozable fueron intervenidos por un patrullero policial que circunstancialmente se encontraba próximo al lugar. Por lo que nos encontramos ante un delito en grado de tentativa” (FJ 11.5).

Esta sentencia es importante, porque reafirma lo señalado por la norma respecto de la consumación del delito de robo agravado.

Fuente: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/faces/page/inicio.xhtml

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