LA INTERVENCIÓN DE COMUNICACIONES PODRÍA ALCANZAR A OTRAS PERSONAS VINCULADAS CON EL INVESTIGADO [APELACIÓN N.º 207-2022-SUPREMA]
La Corte Suprema, mediante sentencia recaída en la Apelación N.º 207-2022-Suprema se ha referido la intervención de comunicaciones que no solo alcanza al investigado, sino a otras personas.
La Corte Suprema ha señalado que “[c]abe puntualizar que, según la norma antes indicada, la previa intervención de comunicaciones puede recaer no solo contra el investigado sino también contra personas de las que cabe estimar fundadamente, en mérito a datos objetivos determinados que reciben o tramitan por cuenta del investigado determinadas comunicaciones, o que el investigado utiliza su comunicación. El recurrente, en este caso, tuvo conversaciones con el investigado y éstas reflejarían posibles vínculos delictivos que es del caso consolidar a través de las investigaciones subsiguientes […]” (FJ. 4).
Esta sentencia es importante, porque señala el alcance de la intervención de las comunicaciones en el proceso penal.
Fuente: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/faces/page/inicio.xhtml