La imposición de la cadena perpetua debe tener una motivación reforzada y razonada por su gravedad

La Corte Suprema, mediante sentencia recaída en la Casación N.° 814-2021-LA LIBERTAD, se ha referido sobre la imposición de la cadena perpetua.

LA IMPOSICIÓN DE LA CADENA PERPETUA DEBE TENER UNA MOTIVACIÓN REFORZADA Y RAZONADA POR SU GRAVEDAD [CASACIÓN N.º 814-2021-LA LIBERTAD]

La Corte Suprema, mediante sentencia recaída en la Casación N.° 814-2021-LA LIBERTAD, se ha referido sobre la imposición de la cadena perpetua.

La Corte Suprema ha señalado que “[c]abe precisar que, desde el plano de la motivación (de la determinación judicial de la pena), la pena de cadena perpetua, al ser la máxima sanción reconocida por nuestra legislación, debe tener una motivación reforzada, lo que implica que el sustento debe ser suficiente en cuanto a la acreditación de las circunstancias de hecho y de derecho. A su vez, debe ser razonada, con el fin de justificar la decisión que se adopte en torno a la limitación de un derecho fundamental. Aun cuando no se prescriba expresamente la necesidad de la motivación reforzada o especial, la imposición de la pena de cadena perpetua también debe entenderse que cae dentro de los alcances de esta exigencia, pues se trata de la pena más grave del ordenamiento jurídico […]” (FJ 10).

Esta sentencia es importante, porque señala los presupuestos que deben presentarse para poder imponer la pena de cadena perpetua.

Fuente: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/faces/page/inicio.xhtml

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