LA ERRADA APLICACIÓN DE LA DETENCIÓN PRELIMINAR JUDICIAL CONLLEVA A LA VULNERACIÓN DEL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA PROCESAL [Casación N.º 2642-2021, Loreto]
La Corte Suprema, mediante la Casación N.º 2642-2021, Loreto, declaró fundado el recurso interpuesto en tanto se presenta una irregularidad y falta al principio de congruencia procesal respecto al uso de una detención preliminar.
La Sala Penal Permanente resolvió que “El pedido de detención preliminar se sustenta en un fundamento que no se colige de la interpretación y aplicación del artículo 261 del Código Procesal Penal, específicamente en la concepción de las razones plausibles, dado que los elementos de convicción utilizados por el fiscal para sustentar su pedido de detención preliminar, han sido analizados como si tratase de un pedido de prisión preventiva, medida más grave y que involucra un análisis más riguroso, materia que no era la correspondiente a la decisión. Con ello, se ha vulnerado el principio de congruencia procesal y la coherencia, contenidos en el artículo 409 del Código Procesal Penal" (FJ 11).
Esta decisión es importante ya que brinda mayores alcances respecto a la necesaria coherencia entre lo dispuesto por ley, y cómo es aplicado en este caso en particular.
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