Investigación preliminar contra un presidente de la República

La Corte Suprema, mediante Resolución N° 4 (incidente de tutela de derechos) precisó que no se puede sostener que la Constitución Política del Perú haya establecido un régimen de inmunidad presidencial que signifique absoluta libertad del Presidente de la República para cometer actos delictivos o actos violatorios de la Constitución o de la ley.

INVESTIGACIÓN PRELIMINAR CONTRA UN PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

La Corte Suprema, mediante Resolución N° 4 (incidente de tutela de derechos) precisó que no se puede sostener que la Constitución Política del Perú haya establecido un régimen de inmunidad presidencial que signifique absoluta libertad del Presidente de la República para cometer actos delictivos o actos violatorios de la Constitución o de la ley.

Así, el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria precisó que el ampliar diligencias preliminares de investigación a efectos de comprender a José Pedro Castillo Terrones, en su condición de Presidente de la Republica, por la presunta comisión de los delitos de Organización Criminal, Tráfico de Influencias Agravado y Colusión Agravada, en el marco de una organización criminal, no ha infringido el derecho a un juez competente puesto que ha procedido en el marco de las competencias que le brinda nuestro ordenamiento jurídico (Ley N°27399) y sin afectar las limitaciones impuestas por el artículo 117° de la Constitución Política del Perú

Esta jurisprudencia es importante ya que señala que tampoco se ha demostrado que se le haya sometido a una jurisdicción distinta a la predeterminada por ley, que se haya afectado su derecho a la igualdad y a no ser discriminado, ni el principio de seguridad jurídica.

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