INFORME DE VERIFICACIÓN DE DENUNCIA DE LA CGR: CASOS EN LOS QUE SE SOLICITA LA EMISIÓN DE UN INFORME AMPLIATORIO [R.N. N.° 2064-2018, Áncash]
La Corte Suprema se ha pronunciado sobre la actuación probatoria del informe de control de la Contraloría General de la República en el delito de peculado.
En ese sentido, el colegiado ha señalado que “que el informe de Verificación de Denuncia, en rigor, es una pericia institucional del órgano constitucional encargado de controlar los recursos públicos. Como Auditoría de Cuentas no es el caso disponer una pericia contable. Si la Fiscalía o el Juez considera que existen vacíos o que debe completarse, será de rigor pedir a la Contraloría General de la República que emita un Informe Ampliatorio. No es posible que esa labor pública se reemplace, sin fundamento razonable, por contadores inscritos en el REPEJ” (FJ N.° 5).
Esta sentencia es importante, porque delimita el requisito para poder incorporar un informe ampliatorio emitido por la Contraloría General de la República en un caso de peculado.
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