Infidelidad de pareja no es elemento suficiente para determinar un homicidio por emoción violenta fundado en celos

La Corte Suprema, mediante la Casación N.º 934-2021, Lima, declaró infundado el recurso de nulidad en tanto sí se cometió el delito de feminicidio. El delito a colación delito fue contra la vida, el cuerpo y la salud, en concreto, feminicidio.

INFIDELIDAD DE PAREJA NO ES ELEMENTO SUFICIENTE PARA DETERMINAR UN HOMICIDIO POR EMOCIÓN VIOLENTA FUNDADO EN CELOS [Recurso de Nulidad N.º 934-2021, Lima]

La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.º 934-2021, Lima, declaró infundado el recurso de nulidad en tanto sí se cometió el delito de feminicidio. El delito a colación delito fue contra la vida, el cuerpo y la salud, en concreto, feminicidio.

La Sala Penal Permanente resolvió que “[e]n el despliegue de la conducta del acusado no se verificó ni consta obnubilación de su conciencia motivado por alguna situación fáctica de entidad capaz de alterar su psiquis y reaccionar de manera desmedida. El cuestionamiento sobre su paternidad no reviste entidad suficiente y, en todo caso, no fue uniforme en su postulación, desde los iniciales actos de investigación; por el contrario, se incorporó con posterioridad. Además, conforme con el contexto fáctico referido por el propio encausado se advierte que la consumación de la muerte de la víctima no fue como producto de una reacción inmediata y directa ante un supuesto imprevisible" (FJ 12).

Esta decisión es importante ya que brindar mayores alcances sobre los criterios que determinan al homicidio por emoción violenta.

[Accede a la jurisprudencia en "Descargar"].

Pariona Abogados