Finalidad de la garantía constitucional del habeas corpus. Caso Castillo Páez Vs. Perú

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 03 de noviembre de 1997 se pronunció sobre la finalidad del habeas corpus, como garantía que busca proteger la libertad personal de los ciudadanos.

FINALIDAD DE LA GARANTÍA CONSTITUCIONAL DEL HABEAS CORPUS. CASO CASTILLO PÁEZ VS. PERÚ 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 03 de noviembre de 1997 se pronunció sobre la finalidad del habeas corpus, como garantía que busca proteger la libertad personal de los ciudadanos. 

El señor Ernesto Rafael Castillo Páez fue detenido el día 21 de octubre de 1990 por presuntamente haber participado ese mismo día en un ataque del grupo subversivo Sendero Luminoso. El vehículo de los agentes policiales donde fue detenido cogió un rumbo desconocido, no llegándose a saber más del señor Castillo Páez. Cuatro días después, el dá 25 de octubre de 1990 el padre del señor Castillo Páez, Cronwell Pierre Castillo Castillo, interpuso un recurso de hábeas corpus en su favor ante el Vigésimo Cuarto Juzgado del Distrito Judicial de Lima el cual declaró fundada la acción el 31 de octubre de 1990. Dicha resolución fue apelada por el Procurador Público para Asuntos de Terrorismo ante el Octavo Tribunal Correccional de Lima. Este Tribunal declaró improcedente la apelación. Posteriormente, sobre la base de la resolución de la acción de hábeas corpus, se tramitó un proceso por el delito de abuso de autoridad contra varios oficiales de la Policía Nacional y por estar presuntamente involucrados en la desaparición del señor Castillo Páez.  Así, Juzgado Penal concluyó que no había indicios que demostraran la responsabilidad de los agentes policiales, por lo que ordenó archivar el caso sin sancionar a persona alguna, ni compensar a los familiares del señor Castillo Páez; sin embargo, desde su desaparición, no se tuvo información alguna sobre él.

La Corte, en virtud a los hechos expuestos, consideró que se habría vulnerado el artículo 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos, vinculado a la protección judicial e indicó que “el hábeas corpus tiene como finalidad, no solamente garantizar la libertad y la integridad personales, sino también prevenir la desaparición o indeterminación del lugar de detención y, en última instancia, asegurar el derecho a la vida” (párrafo 83). Por ello, indicó que el habeas corpus interpuesto por la familia del señor Castillo fue obstaculizado por los agentes del Estado, incluso cuando fuera beneficioso para sus familiares.

Esta sentencia es importante porque explica la importancia que tienen la preservación de las garantías constitucionales para los Estados, y por qué los Estados deben preservarlas y respetarlas. 

[Accede a resolución en "Descargar"]. 

Pariona Abogados