Existe una relación normativa de exclusión entre circunstancias agravantes genéricas y específicas

La Corte suprema, mediante Casación N.° 1669-2019, Lambayeque, se ha pronunciado sobre la dosificación de la pena por delito con agravantes específicas.  El delito a colación es contra la vida, el cuerpo y la salud, en concreto, homicidio calificado por lucro.

EXISTE UNA RELACIÓN NORMATIVA DE EXCLUSIÓN ENTRE CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES GENÉRICAS Y ESPECÍFICAS [Casación N.° 1669-2019, Lambayque]

La Corte suprema, mediante Casación N.° 1669-2019, Lambayeque, se ha pronunciado sobre la dosificación de la pena por delito con agravantes específicas.  El delito a colación es contra la vida, el cuerpo y la salud, en concreto, homicidio calificado por lucro. 

En ese sentido, el colegiado ha señalado que “existe una relación normativa de exclusión entre circunstancias genéricas y específicas, en que priman estas últimas, las cuales poseen una estructura propia y autónoma; por ende, sus componentes no pueden intercambiarse o mezclarse entre sí al momento de su aplicación al caso concreto” (FJ N.° 12).

Esta sentencia es importante porque brinda mayores alcances en torno a la determinación judicial de la pena.

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