Excepción de improcedencia de acción: No es posible amparar defectos en la imputación pasibles de subsanación

La Corte Suprema, mediante la casación N.º 1373-2021, Huancavelica, se pronunció en torno a la viabilidad de la excepción de improcedencia de acción que se funde bajo los defectos de imputación subsanable. El delito a colación fue contra la administración pública, en concreto, cohecho pasivo propio.

EXEPCIÓN DE IMPROCEDENCIA DE ACCIÓN: NO ES POSIBLE AMPARAR DEFECTOS EN LA IMPUTACIÓN PASIBLES DE SUBSANACIÓN [CASACIÓN N.º 1373-2021, HUANCAVELICA]

La Corte Suprema, mediante la casación N.º 1373-2021, Huancavelica, se pronunció en torno a la viabilidad de la excepción de improcedencia de acción que se funde bajo los defectos de imputación subsanable. El delito a colación fue contra la administración pública, en concreto, cohecho pasivo propio.

El colegiado ha señalado que “[…] no es posible amparar una excepción de improcedencia de acción por defectos en la imputación, pues dicho defecto puede ser pasible de subsanación, conforme a los mecanismos que el Código Procesal Penal estatuye. Así, se ha indicado que el Tribunal está siempre en capacidad, por vía de control, de exigir al representante del Ministerio Público un nivel mínimo de coherencia entre los medios de prueba planteados y sus conclusiones fácticas, así como respecto al principio de imputación necesaria —concreta y completa—, a cuyo fin podrá solicitar las aclaraciones que el caso exija, sin que ello, per se, importe la fundabilidad de una excepción de improcedencia de acción, pues el fiscal a cargo puede insistir en su conclusión fáctica incriminatoria. En otras palabras, se ha precisado que las vulneraciones al principio de imputación necesaria no pueden fundamentar una excepción de improcedencia de acción […]” (FJ. 10).

Esta decisión es importante ya que delimita las facultades de la excepción de improcedencia de acción en torno a los defectos de imputación necesaria  de carácter subsanable. 

Para revisar la sentencia completa y otras jurisprudencias únete a nuestra COMUNIDAD:

Pariona Abogados