¿ERROR MATERIAL EN LA HORA DEL CERTIFICADO MÉDICO IMPIDE QUE SEA VALORADO? [CASACIÓN N.° 3077-2023-HUAURA]
La Corte Suprema de Justicia, en la Casación N.° 3077-2023-Huaura, conoció un caso sobre el delito de lesiones en el que, de manera errónea, se había consignado en el certificado médico legal un horario anterior a la supuesta comisión del hecho. Frente a ello, la Sala determinó que dicho error material no invalidaba la valoración del medio probatorio, ya que existían otros elementos de prueba, como las declaraciones de la agraviada y del acusado, que permitían corroborar los hechos.
El colegiado indicó que "no resulta una causal de invalidez que, por un error material, se deje de valorar un examen primordial en este tipo de delitos que se encuentra respaldado por la explicación de la propia perito, las versiones de ambas partes y de los testimonios en referencia en cuanto a la fecha y hora del hecho; máxime si la referida perito, así como se ha señalado, fue examinada en el plenario de manera amplia y dio datos pormenorizados que permitió al órgano jurisdiccional la convicción razonada de que las lesiones se produjeron conforme a la imputación que recayó en el acusado" (FJ. 1.13)
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