¿EN QUÉ CONSISTE EL DELITO DE PECULADO DOLOSO? [R.N. N.° 3731-2013, Ayacucho]
La Corte Suprema se ha pronunciado sobre el delito de peculado en su modalidad dolosa.
En ese sentido, el colegiado ha señalado que “no se trata de una omisión de funciones, sino de una conducta activa que incidió sobre caudales públicos, a mérito de lo cual apartó de la esfera de la Administración televisores que tenían una asignación determinada y que él, por razones funcionales, debía cautelar. La tipificación efectuada por el Tribunal Superior es correcta y el propio hecho de esa subsunción enerva la alegación del encausado […]”.
Esta sentencia es importante, porque establece en qué consiste el delito de peculado doloso diferenciándola de sus otras modalidades.
[Accede a jurisprudencia en "Descargar"].