El vicio debe ser decisivo sobre una cuestión esencial o relevante para que se constituya una afectación a la motivación

La Corte Suprema, mediante sentencia recaída en la Casación N.º 367-2020-Lambayeque, se ha referido sobre el deber de la motivación en el proceso penal.

EL VICIO DEBE SER DECISIVO SOBRE UNA CUESTION ESENCIAL O RELEVANTE PARA QUE SE CONSTITUYA UNA AFECTACIÓN A LA MOTIVACIÓN [CASACIÓN  N.º 367-2020-LAMBAYEQUE]

La Corte Suprema, mediante sentencia recaída en la Casación N.º 367-2020-Lambayeque, se ha referido sobre el deber de la motivación en el proceso penal.

La Corte Suprema ha señalado que “[e]xiste profusa jurisprudencia tanto del Tribunal Constitucional como de la Corte Suprema en la que se desarrolla el tema de la garantía constitucional de la debida motivación de las resoluciones judiciales, consagrada en el artículo 139.5 de la Constitución Política del Perú, su importancia para evitar decisiones arbitrarias y garantizar una efectiva tutela jurisdiccional a los justiciables. Son varias las modalidades de defectos de una motivación; sin embargo, no cualquier defecto u omisión constituye afectación al deber de la motivación. El vicio debe ser decisivo sobre una cuestión esencial o relevante" (FF. JJ. 1.1 y 1.2).

Esta sentencia es importante, porque se ha pronunciado sobre cómo identificar cuestiones relevantes en torno a la motivación de las resoluciones judiciales

Fuente: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/faces/page/inicio.xhtml

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