El viaje del sentenciado es un indicio razonable para considerar que oculta bienes delictivos en su domicilio

La Corte Suprema ha estimado que, la salida del extranjero de la parte acusada es un indicio razonable de que oculta en su domicilio bienes delictivos para la investigación.

EL VIAJE DEL SENTENCIADO ES UN INDICIO RAZONABLE PARA CONSIDERAR QUE OCULTA BIENES DELICTIVOS EN SU DOMICILIO [Casación N.° 894-2018, Sala Penal Nacional]

La Corte Suprema ha estimado que, la salida del extranjero de la parte acusada es un indicio razonable de que oculta en su domicilio bienes delictivos para la investigación.

En ese sentido, el colegiado ha señalado que “se advirtió que el viaje del casacionista en este contexto era un indicio razonable para considerar que en su domicilio se encontraban bienes delictivos o cosas relevantes para la investigación, motivo por el que su salida al extranjero llevó a inferir al órgano jurisdiccional que se trataba de un antecedente para ocultarlos”.

Esta sentencia es importante, porque identifica una circunstancia que se podría constituir como indicio razonable para la investigación en el delito de lavado de activos.

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