El Tribunal Constitucional asume que el delito de lavado de activos es un delito pluriofensivo

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el expediente EXP N° 02912-2015-PHC/TC Áncash, se ha pronunciado sobre el delito de lavado de activos y en específico sobre su bien jurídico protegido.

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ASUME QUE EL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS ES UN DELITO PLURIOFENSIVO [STC EXP. N.° 02912-2015-PHC/TC ÁNCASH]

El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el expediente EXP N° 02912-2015-PHC/TC Áncash, se ha pronunciado sobre el delito de lavado de activos y en específico sobre su bien jurídico protegido.

El colegiado indicó en este caso que “el delito de lavado de activos ha sido considerado pluriofensivo, dado que afecta diferentes y específicos bienes constitucionales, como la credibilidad y transparencia del sistema financiero, la libre competencia, la estabilidad y seguridad del Estado, el sistema democrático, y la administración de justicia” (FJ 4).

El bien jurídico protegido de los tipos penales sirve como importante criterio interpretativo de la norma. Así, es importante observar el criterio asumido por el Tribunal Constitucional en esta resolución ya que se adhiere a la doctrina penal mayoritaria sobre la pluriofensividad del delito de lavado de activos. 

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