El sobreseimiento del cómplice excluye la tipicidad de la conducta del autor en delitos de participación necesaria

La Corte Suprema de Justicia, mediante el Recurso de Nulidad N.º 480-2022 Lima, ha realizado una valoración respecto a la vinculación procesal entre el cómplice necesario y el autor en los delitos de participación necesaria.

EL SOBRESEIMIENTO DEL CÓMPLICE EXCLUYE LA TIPICIDAD DE LA CONDUCTA DEL AUTOR EN DELITOS DE PARTICIPACIÓN NECESARIA [RECURSO DE NULIDAD N.º 480-2022 LIMA]

La Corte Suprema de Justicia, mediante el Recurso de Nulidad N.º 480-2022 Lima, ha realizado una valoración respecto a la vinculación procesal entre el cómplice necesario y el autor en los delitos de participación necesaria.

El colegiado explicó que “como el delito de colusión requiere la concertación ilícita entre el funcionario e interesado para defraudar los intereses del Estado, al haberse sobreseído en forma definitiva la causa penal seguida contra el contratista, esta decisión jurisdiccional firme, desvirtúa la concurrencia del acuerdo o concertación ilícita entre el interesado y los acusados (funcionarios), conforme lo exige el tipo penal, previsto en el artículo 384º del Código Penal.” (FJ. 2.9)

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